martes, 26 de junio de 2007

LOS METODOS


1.- La prevención y evaluación del riesgo.-

En términos económicos, la prevención es una inversión de beneficio inmediato, que impide o disminuye el impacto sobre sus negocios de las circunstancias de riesgo legal.-

La falta de prevención en esta materia puede generar que su empresa sufra pérdidas económicas e incluso juicios.

Un análisis del negocio en desarrollo o a emprender, o los ajustes necesarios de una relación contractual, requieren de un adecuado análisis y aplicación de la normativa, y la evaluación de los riesgos.

Un experto del Equipo RCM desde sus oficinas o in company, puede hacer una evaluación del cuadro de situación y proponerle los ajustes más convenientes para reducir los riesgos que pudieren impactar negativamente sobre sus negocios.

2. - La Negociación:

Es el primer método por antonomasia.- En la negociación tenemos dos partes conflictuantes, ( pueden ser instituciones, personas, países) que ante un conflicto determinado tratan de acercar sus posiciones, y dirimir sus problemas mediante un proceso comunicacional directo, y de inmediata satisfacción.- Las partes tratan de construir ellos mismos las soluciones.-

3.- La Mediación

Se trata de un sistema de negociación asistida, mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolverlo por sí mismas, con la ayuda de un tercero imparcial que actúa como favorecedor y conductor de la comunicación. Los interesados asumen su protagonismo en la búsqueda de alternativas posibles de solución y controlan por sí mismas el proceso cuyo desarrollo es rápido e informal. La decisión a la que eventualmente arriben es elaborada por ellas mismas y no por un tercero, como lo es en el caso de una sentencia judicial.

4.- El Dictamen Profesional Calificado ( Experto Neutral)

El experto neutral es un especialista en determinada disciplina, (Vg. Abogado especialista en una materia determinada, Arquitecto, Contador, Economista, etc.) a cuya opinión se recurre en aquellas circunstancias en que las partes se ven impedidas de dirimir una cuestión técnica por sí mismas.

Su intervención es resuelta de común acuerdo por los interesados y convenido su honorario del mismo modo. Su participación en la mediación o en el arbitraje, se reduce al esclarecimiento de puntos específicos cuya determinación depende de conocimientos científicos o técnicos de los cuales las partes, sus abogados y el mediador, carecen.
Es un orientador vinculante en un saber técnico. Sus opiniones son fundamentales para dilucidar casos en los que si no mediara esta opinión profesional, las partes no podrían llegar por sí a un acuerdo.

4.- El Arbitraje de Derecho o Pericial,

Es un método de solución de conflictos por el que las partes voluntariamente se someten a la decisión de uno a más terceros imparciales (árbitro) que emiten una resolución generalmente inapelable denominada "laudo arbitral".

Las principales ventajas que ofrece el arbitraje son:
a. Seguridad jurídica de que el conflicto se resolverá en forma rápida y eficiente.
b. Especialización de los árbitros.
c. Corta duración del proceso (si las partes nada establecen, el laudo se emitirá en un plazo máximo de 90 días contados desde la contestación de demanda o reconvención).
d. Bajo y previsible costo.-
e. Árbitros independientes y neutrales.
f. Administración del arbitraje de acuerdo con el reglamento vigente.

5.- La Conciliación,

Se trata de una forma alternativa de resolución de conflictos, no adversarial, mediante la cual las partes buscan por si mismas, con ayuda de un tercero imparcial, la solución de su conflicto. Se diferencia de la mediación en cuanto a través de este método las partes pueden arribar a un acuerdo efectuando una transacción, es decir, una renuncia recíproca de derechos.


6.- El proceso judicial.

La última de las propuestas, por cuanto se estima que las partes obtienen una mayor ganancia con los procesos anteriores, que en un juicio, donde las limitaciones del proceso judicial, les restan protagonismo, y celeridad a las cuestiones.

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