jueves, 22 de noviembre de 2007

Areas de trabajo en las Mediaciones

# Familia: Conflictos con menores, Cuota alimentaria, Régimen de visitas, Tenencia, Liquidación Sociedad Conyugal, Cuestiones de convivencia, en Familias Neoconvencionales.
# Adjudicación y partición de bienes en gral.
# Cuestiones de vecindad.
# Cuestiones y conflictiva de consorcios.
# Cobro de Pesos en general.
# Daños y Perjuicios.
# Conflictos de la comunidad educativa.
# Reclamos por incumplimientos contractuales.
# Cuestiones interempresariales y conflictiva intraempresarial.
# Dificultades en la empresa de familia.
# Partición de bienes en sucesiones y condominios.
# Relaciones Laborales
# Cuestiones Societarias – Desalojos-

miércoles, 14 de noviembre de 2007

Tarifas de las mediaciones ( Noviembre 2007)

Los honorarios de la mediación varían según sea el monto del acuerdo al que se arriba, de conformidad con la actual escala de honorarios resuelta por el Instituto de Mediación del Colegio de Abogados de San Isidro.
* Arancel por audiencia Asuntos de Familia: $150.-

* Honorario mínimo por audiencia con acuerdo: $300.-

MONTO DEL ARANCEL POR AUDIENCIA

Se estipulan conforme el monto del reclamo del requirente.

reclamo hasta $3000 $100
Desde $3001 hasta $5000 $150
Desde $5001 hasta $10.000 $200
Desde $10.001 hasta $20.000 $250
Desde $20.001 hasta $30.000 $300
Desde $30.001 hasta $50.000 $350
Desde $50.001 hasta $100.000 $450
Más de $100.000 $500

lunes, 2 de julio de 2007

MODELO DE CLAUSULAS COMPROMISORIAS

MODELO DE CLAUSULA COMPROMISORIA AL PROCESO DE MEDIACION RCM. “En caso de una controversia que se derive del presente contrato o se relacione con él, las partes previo a toda acción judicial, podrán intentar una transacción amistosa de esa controversia mediante la mediación, la que tendrá lugar de conformidad con el Reglamento de Mediación del Equipo Interdisciplinario de Administración de Conflictos RCM (Risk & Conflict Management).

“Las partes acuerdan que harán el esfuerzo necesario a efecto de solucionar cualquier controversia o reclamación derivada o relacionada con el presente contrato, siempre que dicha controversia no pueda ser resuelta mediante discusiones directas entre las partes, a través de la mediación administrada por el Reglamento de Mediación del Equipo Interdisciplinario de Administración de Conflictos RCM (Risk & Conflict Management), bajo sus reglas, antes de recurrir al arbitraje, litigio o algún otro procedimiento de solución de controversias. El requisito de presentar una notificación de la reclamación con respecto a la controversia sometida a la mediación, será suspendido hasta la conclusión del proceso de mediación”.

A falta de una cláusula en el contrato para la solución de conflictos futuros, las partes también podrán someter una controversia existente a la mediación, bajo las reglas del Equipo RCM, mediante el uso del siguiente acuerdo:

Por este medio, las partes abajo firmantes acordamos someter la siguiente controversia, conflicto o reclamación (citar brevemente) para su solución a través de la mediación administrada bajo las reglas del Equipo Interdisciplinario de Administración de Conflictos RCM (Risk & Conflict Management).. El requisito de presentar una notificación de reclamación con respecto a la controversia o conflicto sometida a la mediación será suspendido hasta la conclusión del proceso de mediación”.

MODELO DE CLAUSULA COMPROMISORIA AL PROCESO DE ARBITRAJE VOLUNTARIO RCM “Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este contrato o relativo a este contrato, su incumplimiento, resolución o nulidad, se resolverá mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje del Equipo Interdisciplinario de Administración de Conflictos RCM (Risk & Conflict Management). vigente al momento del inicio del arbitraje.”

MODELO DE CLAUSULA COMPROMISORIA AL PROCESO DE RESOLUCION DE CONFLICTOS VOLUNTARIO RCM

Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este contrato o relativo a este contrato, su incumplimiento, resolución o nulidad, se resolverá mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje del Equipo Interdisciplinario de Administración de Conflictos RCM (Risk & Conflict Management). vigente al momento del inicio del arbitraje.”

“Inmediatamente después de iniciado el arbitraje las partes intentarán una solución amistosa de la controversia mediante la mediación, ésta tendrá lugar de conformidad con el Reglamento del Equipo Interdisciplinario de Administración de Conflictos RCM (Risk & Conflict Management). vigente al momento del inicio del arbitraje. La autoridad nominadora del mediador será la del Equipo Interdisciplinario de Administración de Conflictos RCM (Risk & Conflict Management). vigente al momento del inicio del arbitraje. El mediador será una persona diferente del árbitro o árbitros y no podrá ser designado árbitro en ese procedimiento.”

“Si las partes llegan a una transacción los árbitros la recogerán en forma de laudo arbitral en los términos convenidos por las partes

jueves, 28 de junio de 2007

RCM

RISK & CONFLICT MANAGEMENT


Equipo Interdisciplinario de Resolución y Admininstración de Conflictos.

martes, 26 de junio de 2007

LOS METODOS


1.- La prevención y evaluación del riesgo.-

En términos económicos, la prevención es una inversión de beneficio inmediato, que impide o disminuye el impacto sobre sus negocios de las circunstancias de riesgo legal.-

La falta de prevención en esta materia puede generar que su empresa sufra pérdidas económicas e incluso juicios.

Un análisis del negocio en desarrollo o a emprender, o los ajustes necesarios de una relación contractual, requieren de un adecuado análisis y aplicación de la normativa, y la evaluación de los riesgos.

Un experto del Equipo RCM desde sus oficinas o in company, puede hacer una evaluación del cuadro de situación y proponerle los ajustes más convenientes para reducir los riesgos que pudieren impactar negativamente sobre sus negocios.

2. - La Negociación:

Es el primer método por antonomasia.- En la negociación tenemos dos partes conflictuantes, ( pueden ser instituciones, personas, países) que ante un conflicto determinado tratan de acercar sus posiciones, y dirimir sus problemas mediante un proceso comunicacional directo, y de inmediata satisfacción.- Las partes tratan de construir ellos mismos las soluciones.-

3.- La Mediación

Se trata de un sistema de negociación asistida, mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolverlo por sí mismas, con la ayuda de un tercero imparcial que actúa como favorecedor y conductor de la comunicación. Los interesados asumen su protagonismo en la búsqueda de alternativas posibles de solución y controlan por sí mismas el proceso cuyo desarrollo es rápido e informal. La decisión a la que eventualmente arriben es elaborada por ellas mismas y no por un tercero, como lo es en el caso de una sentencia judicial.

4.- El Dictamen Profesional Calificado ( Experto Neutral)

El experto neutral es un especialista en determinada disciplina, (Vg. Abogado especialista en una materia determinada, Arquitecto, Contador, Economista, etc.) a cuya opinión se recurre en aquellas circunstancias en que las partes se ven impedidas de dirimir una cuestión técnica por sí mismas.

Su intervención es resuelta de común acuerdo por los interesados y convenido su honorario del mismo modo. Su participación en la mediación o en el arbitraje, se reduce al esclarecimiento de puntos específicos cuya determinación depende de conocimientos científicos o técnicos de los cuales las partes, sus abogados y el mediador, carecen.
Es un orientador vinculante en un saber técnico. Sus opiniones son fundamentales para dilucidar casos en los que si no mediara esta opinión profesional, las partes no podrían llegar por sí a un acuerdo.

4.- El Arbitraje de Derecho o Pericial,

Es un método de solución de conflictos por el que las partes voluntariamente se someten a la decisión de uno a más terceros imparciales (árbitro) que emiten una resolución generalmente inapelable denominada "laudo arbitral".

Las principales ventajas que ofrece el arbitraje son:
a. Seguridad jurídica de que el conflicto se resolverá en forma rápida y eficiente.
b. Especialización de los árbitros.
c. Corta duración del proceso (si las partes nada establecen, el laudo se emitirá en un plazo máximo de 90 días contados desde la contestación de demanda o reconvención).
d. Bajo y previsible costo.-
e. Árbitros independientes y neutrales.
f. Administración del arbitraje de acuerdo con el reglamento vigente.

5.- La Conciliación,

Se trata de una forma alternativa de resolución de conflictos, no adversarial, mediante la cual las partes buscan por si mismas, con ayuda de un tercero imparcial, la solución de su conflicto. Se diferencia de la mediación en cuanto a través de este método las partes pueden arribar a un acuerdo efectuando una transacción, es decir, una renuncia recíproca de derechos.


6.- El proceso judicial.

La última de las propuestas, por cuanto se estima que las partes obtienen una mayor ganancia con los procesos anteriores, que en un juicio, donde las limitaciones del proceso judicial, les restan protagonismo, y celeridad a las cuestiones.

lunes, 25 de junio de 2007

¿Que es RCM?

RCM es la sigla de un modelo de trabajo que sintetiza "RISK & CONFLICTS MANAGEMENT".

Este es un modelo de gerenciamiento externo de conflictos de variada índole, que de un modo interdisciplinario intenta comprender las distintas aristas de un mismo conflicto.

Es un espacio donde el análisis de los riesgos y conflictos permiten generar opciones de trabajo para resolverlos de un modo eficiente.

El manejo de distintos métodos como ser;
  • La prevención y evaluación del riesgo,
  • La Mediación,
  • El Dictamen profesional calificado y vinculante,
  • El Arbitraje Pericial,
  • La Negociación,
  • La Conciliación,
  • El proceso judicial.

Permiten encontrar la mejor solución para el desarrollo de conflictos interpersonales.

El modelo resulta aplicable en los problemas

  • Corporativos, intra y extra empresarios,
  • Pymes y empresas familiares,
  • Familiares,
  • Comunitarios, & consumidores,
  • Vecinales,
  • Negociales, en la creación de planes de negociación para proyectos concretos, como asistentes directos de la negociación o como asesores externos.

En el modelo participan interdisciplinariamente abogados, mediadores, psicólogos, consejeros, médicos, contadores, etc. , aplicados a la tarea de analizar y gestionar los escenarios de conflicto interpersonal.